La Dirección del Centro de Atención al Público y Acceso a la información, a través del Centro de Documentación y como parte de la Oficina de Acceso a la información, concluyó la Biblioteca Virtual, la cual es una herramienta fundamental para mantener información especializada de toda la actividad del MTI.
La Biblioteca Virtual alberga toda la información de todas y cada una de las direcciones generales y especificas. Esta es la base de datos a la cual puede acceder tanto el personal que atiende al público como los usuarios de la página Web.
Para lograr dicho objetivo, se creó un “sistema archivístico homogéneo”, que permitiera un mejor control y ordenamiento de toda la documentación producida en este ministerio, para facilitar el hallazgo de toda la información. Esta fase está en su etapa final.
Este proceso de ordenamiento fue necesario para tener un método único conocido por todos los trabajadores.
Gracias a que el MTI cuenta con el Centro de Atención y Centro de Documentación, con su infraestructura y el personal, estuvimos listos de inmediato para hacerle frente a las demandas de la población en materia de información.
- Recibir documentos de solicitudes de trámites que se realizan en el Ministerio de Transporte e infraestructura, seleccionarlos y remitirlos a las Direcciones correspondientes.
- Dar seguimiento a los trámites recibidos, informar a los interesados y entregar documentos solicitados.
- Solicitar y sugerir a las Direcciones enlazadas, acciones encaminadas a la simplificación de trámites, por medio del análisis de procedimientos.
- Organizar, planificar, coordinar actividades y acciones que garanticen el suministro de la información y obligaciones que le corresponden según lo previsto en la ley de acceso a la Información Pública No 621.
- Establecer las normas, procedimientos, lineamientos y mecanismos que aseguren a nivel institucional el acceso a la información a los usuarios y solicitantes según lo establecido por la ley.
- Diseñar y crear sistemas de organización de la información y archivos, bases de datos, índices que aseguren y facilite el acceso a la información actualizada y oportuna y según las formas y métodos (electrónico, impreso y vía Internet) en que establece la ley.
- Llevar registro de las solicitudes de información y brindar informe a las instancias que le obligan la ley y su superior.
- Coordinar, organizar y dirigir el servicio de información y documentación para usuarios internos y externos del Ministerio, atendiendo a las solicitudes de información dentro de los plazos y normas establecidos y difundirla de oficio
Recibir correspondencia que llega al Ministerio y distribuirla a todas las dependencias correspondientes, de forma ágil.
Artos. de las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI)
5.4.Normas específicas de información y comunicación.
5.4.1 La Información
5.4.2 La Comunicación
CONTACTOS PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN
NÚMEROS PLANTA TELEFÓNICA MTI
2222-5200
Líneas Directas de Atención a Trámites
2298-0580

Leyes:
- Ley No. 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 102 del 3 de Junio de 1998.
- Ley No. 399, Ley de Transporte Acuático publicado en la Gaceta diario oficial No. 166 del 03 de septiembre del 2001.
- Ley 524, Ley General del Transporte Terrestre publicado en la Gaceta diario oficial No. 72 del 14 de abril del 2005.
- Ley No. 621, Ley de Acceso a la Información Pública, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 84 del día 22 de Junio del 2007.
- Ley 616, Ley de Reforma a la Ley General de Transporte Terrestre 524, publicado en la Gaceta diario oficial No. 07 de mayo del 2007.
- Ley No. 691, Simplificación de Trámites, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 144 del 3 de Agosto del 2009.
Reglamento:
- Reglamento de la Ley 290, Decreto No. 71-98, Capítulo 8, Ministerio de Transporte e Infraestructura, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 205 y 206 del 30 y 31 de Octubre de 1998.
- Reglamento de la Ley 621, Decreto Presidencial No. 81-2007, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 6 del 9 de Enero del 2008.
- Reglamento Interno del Centro de Información y Documentación, denominado Reglamento y Guía de los Servicios del Centro de Información y Documentación, elaborado en 1996.
- Reglamento de la No. Ley 616 decreto presidencial No. 65-2007, publicado en la gaceta diario oficial No 128 del 6 de julio del 2007.
- Reglamento de la Ley No. 263, Resolución Ministerial 10-87 del 21 de mayo de 1987, publicado en la Gaceta diario oficial No. 133 del 16 de junio de 1987.
- Reglamento a la Ley No.399 Ley General de Transporte Acuático, publicada en la Gaceta diario oficial No. 4877 del 19 de diciembre del 2006.
Resoluciones Ministeriales:
- Decreto 72-2001 Decreto para el rescate documental de la Nación anterior al año 1979, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 184 del 28 de Octubre del 2001.
- Decreto No. 25-2006, Reforma y Adiciones al Decreto No. 71-98, Reglamento de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo.
- Decreto Presidencial No. 117-2007, creación de las Oficinas de Acceso a la Información Pública publicada en La Gaceta No. 7 del día 10 de enero del 2008.
- Decreto 73-2001, Decreto Creación de Archivos Administrativos Centrales, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 184 del 28 de Octubre del 2001.
- Decreto 71-2001, Decreto Creador del Archivo General de la República, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 184 del 28 de septiembre del 2001.
- Decreto presidencial No. 237, Ley Reguladora de la Actividad de Diseño y Construcción del 25 de noviembre de 1986, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 263 del 01 de diciembre de 1986.
- Decreto Presidencial No. 117-2007, creación de la Oficina de Acceso a la Información Pública publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 7 del día 10 de Enero del 2008.
- Resolución Ministerial-MTI No. 143-2007, Disposiciones sobre la documentación Técnica Institucional del MTI.
- Resolución DGTA No. 025-2007, establece tasa a cobrarse por distintos servicios.
- Resolución DGTA No. 043-2008, modificar la Resolución DGTA 025- 2007.
- Resolución DGTA No. 010-2010, establece tasa a cobrarse por la emisión o renovación de licencia personal, natural y jurídica.
La Dirección del Centro de Atención al Público y Acceso a la información, a través del Centro de Documentación y como parte de la Oficina de Acceso a la información, concluyó la Biblioteca Virtual, la cual es una herramienta fundamental para mantener información especializada de toda la actividad del MTI.
La Biblioteca Virtual alberga toda la información de todas y cada una de las direcciones generales y especificas. Esta es la base de datos a la cual puede acceder tanto el personal que atiende al público como los usuarios de la página Web.
Para lograr dicho objetivo, se creó un “sistema archivístico homogéneo”, que permitiera un mejor control y ordenamiento de toda la documentación producida en este ministerio, para facilitar el hallazgo de toda la información. Esta fase está en su etapa final.
Este proceso de ordenamiento fue necesario para tener un método único conocido por todos los trabajadores.
Gracias a que el MTI cuenta con el Centro de Atención y Centro de Documentación, con su infraestructura y el personal, estuvimos listos de inmediato para hacerle frente a las demandas de la población en materia de información.
1.- Presentarse a nuestras instalaciones en el MTI o bien escribirnos vía Web, llenando el formato de solicitud de información pública.
2.- Una vez recibida su solicitud, si la información no estuviera a mano, el Funcionario encargado le dirá los plazos para retirarla o se la enviará vía Web, si es de su preferencia, todo conforme los plazos de ley.
3.- Una vez que se le entregue la información, usted firmará un formato de recepción.
4.- Si la información que recibió no es suficiente, usted tiene derecho de aclaración o pedir ampliación de la información.