En el Decreto 118-2001 se detallan las siguientes funciones para la DGTT:
Formular y proponer políticas, programas y normas relacionadas con la actividad del servicio público de transporte terrestre intermunicipal y ejecutarlas una vez que sean aprobadas; regular y controlar las operaciones del servicio público de transporte terrestre intermunicipal.
Formular y proponer las tarifas de transporte público terrestre intermunicipal, de acuerdo al comportamiento de las variables técnico económicas en el contexto de la economía nacional; así como las adiciones, modificaciones o cancelaciones de rutas y sistemas para la cancelación del servicio público de transporte terrestre intermunicipal en el país y llevar el registro correspondiente de acuerdo a la ley de la materia.
Proponer los permisos de operación para unidades, cooperativas o empresas, para su aprobación y suscripción.
Proponer y supervisar la construcción de bahías y terminales de servicio público de transporte terrestre intermunicipal.
Evaluar el nivel de calidad de los servicios y las operaciones del transporte intermunicipal.
Emitir las cifras oficiales sobre el comportamiento de las operaciones del transporte público intermunicipal.
Proponer la exoneración de partes y repuestos de acuerdo a la ley de la materia.
Estructura
De acuerdo al Decreto No. 118-2001, denominado Reformas e Incorporaciones al Decreto 71-98, la DGTT cuenta con la siguiente estructura: Dirección de Organización de Transporte, Dirección de Operaciones y Delegaciones Departamentales, estas últimas distribuídas en todas las cabeceras del país.